La sanción se reduce en un 95% si se llega a producir la legalización. Ahora bien, para que
así sea la licencia de legalización se tiene que haber solicitado dentro de los dos meses
concedidos al inicio del expediente, no más tarde. Si se hace después, pero antes de que se
imponga la multa, la sanción se reducirá en un 80%. (art. 176 LUIB)

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