Sí, el incumplimiento por parte del abonado de cualquier de las especificaciones detalladas en el artículo 6 en particular, y de cualquier disposición del Reglamento de aguas, facultará al prestador de servicio para suspender el suministro.
Sí, el incumplimiento por parte del abonado de cualquier de las especificaciones detalladas en el artículo 6 en particular, y de cualquier disposición del Reglamento de aguas, facultará al prestador de servicio para suspender el suministro.