De conformidad con el que se establece en el art. 202 de la Ley 12/2017 de Urbanismo de las
Islas Baleares, si iniciado el procedimiento sancionador y antes de su resolución, la persona
responsable reconoce su responsabilidad y renuncia a cualquier acción o recurso en vía
administrativa, se resuelve el procedimiento con una reducción de la multa de un 20%. Si
además de reconocer la responsabilidad se paga voluntariamente la multa que se establece
en el acuerdo de iniciación o en la propuesta de resolución, se ha de aplicar una reducción total
del 40%, pagando por tanto el 60% de la multa. Estas reducciones son compatibles y
acumulables con las previstas en el artículo 176 de esta Ley. Para la aplicación de estas
reducciones resulta imprescindible presentar por escrito la renuncia voluntaria y solicitud de
pago antes de que se dicte resolución.