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Servicios Socialers2021-07-15T11:40:59+00:00

Servicios Sociales

Servicio Ayuda Domicilio

¿En qué consiste?2021-05-28T09:01:54+00:00

El Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD), es una de las prestaciones más importantes del área de Servicios Sociales Comunitarios Básicos de Marratxí.
El de Ayuda a Domicilio es un servicio que, dotado con un equipo de trabajadores/as familiares y trabajador/a social, atiende las necesidades de dos grandes ámbitos: por un lado, atención personal (higiene y cura, apoyo al seguimiento médico y toma de medicación, movilizaciones, acompañamiento fuera del domicilio, pequeñas compras o apoyo emocional…) y, de la otra, aprendizaje de hábitos (mantenimiento de la vivienda, socialización, tareas de atención y cura a menores, pautas de higiene, etc).

El equipo profesional del SAD municipal se complementa con el equipo profesional de SAID (Servicio de Atención Integral a Domicilio) que presta el IMAS a las personas usuarias del municipio con un mayor grado de Dependencia. Este servicio incorpora las figuras de: terapeuta ocupacional, fisioterapeuta, dietista y psicólogo/a.

¿Cómo se puede solicitar?2021-05-28T09:22:45+00:00

Puedes recoger las solicitudes en la oficina central de Servicios Sociales de la calle Balanguera, 11.
Si quieres ampliar la información puedes telefonear a la oficina central de Servicios Sociales al teléfono 971 794279.

Servei de Teleassistència

¿En qué consiste?2021-05-26T12:10:01+00:00

La prestación de Teleasistencia permite que la persona usuaria, equipada con un dispositivo que lleva con ella, pueda activar las 24 horas del día un servicio de alarma que contacta con la Cruz Roja instantáneamente.

¿Cómo se puede solicitar?2021-05-28T09:24:44+00:00

Puedes recoger las solicitudes en la oficina central de Servicios Sociales de la calle Balanguera, 11.

Si quieres ampliar la información puedes telefonear a la oficina central de Servicios Sociales al teléfono 971 794279

Servicio de Comer a Domicilio

¿En qué consiste?2021-05-26T12:25:51+00:00

En la provisión de menús a domicilio (comer, cenar o completo).

¿Cómo se pueden solicitar?2021-05-28T09:26:14+00:00

Puedes recoger las solicitudes en la oficina central de Servicios Sociales de la calle Balanguera, 11.

Si quieres ampliar la información puedes telefonear a la oficina central de Servicios Sociales al teléfono 971 794279.

Centre d’Estades Diürnes

¿En qué consiste?2021-05-26T12:40:53+00:00

En Marratxí hay dos Centros de Día. Uno es Brot de Gínjol, ubicado en Ses Cases Noves y el otro en Ca Ses Monges de Pòrtol. En ambos centros, pasan la jornada de lunes a viernes personas mayores con cierto grado de dependencia.

¿Cómo se puede solicitar?2021-05-26T12:36:40+00:00

Puedes recoger las solicitudes en la oficina central de Servicios Sociales de la calle Balanguera, 11.

Si quieres ampliar la información puedes telefonear a la oficina central de Servicios Sociales al teléfono 971 794279.

Suport Psicològic Perones Víctimes de Violència Masclista

¿En qué consiste?2021-05-27T08:57:47+00:00

La principal función del servicio es ofrecer una atención psicológica individualizada a las mujeres que han sufrido o pueden sufrir una situación de riesgo de violencia machista mediante el acompañamiento en todo su proceso personal.
Se concreta en las siguientes actuaciones:
● Información y orientación psicológica ante cualquier situación de crisis que presente una mujer víctima de violencia machista, así como acceso en la red de recursos sociales de su territorio.
● Atención psicológica, individualizada.
● Acciones grupales de cariz preventivo o terapéutico.

¿Cómo se puede solucionar?2021-05-27T08:54:00+00:00

Llamando a la oficina central de Servicios Sociales al teléfono 971794279.

Servei Socioeducatiu Infància i Família

¿En qué consiste?2021-05-28T09:16:17+00:00

Es un programa llevado a cabo por un equipo de educadores/se que trabaja tanto en el ámbito individual como familiar y a nivel comunitario y que se concreta en las siguientes actuaciones:

  1. Seguimiento absentismo escolar
    La tarea consiste en articular la recepción, tratamiento y devolución de las demandas de intervención realizadas por los centros escolares del municipio de aquellos menores residentes en Marratxí y que presentan una problemática escolar. Se trata de Intervenir en los casos de absentismo escolar, colaborando en el proceso general de prevención y reducción del absentismo y en el seguimiento de los alumnos que acuerde con el centro escolar.2. Intervención en problemáticas conductuales
    El educador/a social lleva a cabo una acción socioeducativa con personas que se encuentran con dificultades de origen social, cultural o personal para integrarse en la vida familiar o comunitaria. Se ejerce una tarea de carácter pedagógico dedicada a generar contextos educativos y acciones mediadoras y formativas que posibiliten la promoción cultural y social, entendimiento como apertura a nuevas posibilidades de la adquisición de bienes culturales, que amplíen sus perspectivas educativas, laborales, de ocio y participación social de la persona.

    3. Intervención en problemáticas de consumo

    El educador/a social lleva a cabo acciones de sensibilización, información y asesoramiento para fomentar actitudes de consumo responsable en la población y en los menores con riesgo.

    4. Intervención integral relaciones filio parentales
    El objetivo es informar y asesorar a las familias de personas menores de edad que presentan problemáticas relacionadas con las relaciones intrafamiliares.

¿Cómo se puede solucionar?2021-05-27T09:15:52+00:00

Llamando a la oficina central de Servicios Sociales al teléfono 971794279.

Ayudas Económicas

¿Quién las puede solicitar?2021-05-27T10:07:06+00:00

– Familias con menores en situación de riesgo social residentes y empadronadas en Marratxí

–   Personas en situación de urgente y grave necesidad, en especial atención a las situaciones de desahucio o pobreza sobrevenida.

–  Personas que se encuentren en alguna situación de necesidad de atención prioritaria, recogida en el artículo 6 de la ley 4/2009, de 11 de junio, de Servicios Sociales de las Islas Baleares

¿Qué tipos de ayuda existen?2021-05-27T09:52:23+00:00

Necesidades básicas de alimentación e higiene.
Acceso o mantenimiento vivienda habitual.
Actividades de ocio y tiempo libre.
Actividades formativas y de investigación de ocupación.
Gastos relacionados con el ámbito educativo (material escolar, ‘escoleta’, transporte).
Gastos sanitarios.
Desplazamientos.
Tramitación de documentación.
Otros.

¿Cómo se puede solicitar?2021-05-27T09:47:59+00:00

Llamando a la oficina central de Servicios Sociales al teléfono 971794279.

¿En que consisten las ayudas económicas individuales para personas con discapacidad (IMAS)?2021-05-28T08:51:33+00:00

Es una convocatoria anual de ayudas económicas individuales para financiar ayudes técnicas y tratamientos hechos en 2019 y 2020, que permiten conseguir la recuperación física, psíquica y sensorial de las personas con alguna discapacidad, así como suplir o complementar sus limitaciones y carencias funcionales y facilitarlos el desarrollo de la vida diaria, para aumentar la calidad de vida y el bienestar social.

Encontraréis toda la información y los trámites a realizar en la sede electrónica del Consejo.

¿En qué consisten las ayudas económicas individual para personas mayores (IMAS)?2021-05-28T08:54:13+00:00

Es una convocatoria anual de ayudas económicas individuales para mejorar la calidad de vida y el bienestar social de las personas mayores. La finalidad de esta convocatoria es la financiación de aquellos conceptos o tratamientos que permiten conseguir la recuperación física, psíquica y sensorial de las personas mayores de 65 años Así mismo se trata también de suplir o complementar sus limitaciones y carencias funcionales, facilitando el desarrollo de su vida diaria y aumentado su calidad de vida y su bienestar.
Encontraréis toda la información y los trámites a realizar en la sede electrónica del Consell.

Servicio de Asesoramiento Vivienda

¿En qué consiste?2021-05-27T10:13:00+00:00

En un servicio de cariz jurídico y social de información , asesoramiento y apoyo en situaciones de:
– riesgo de pérdida de vivienda.
– deudas asociadas a la vivienda.
– ocupación ilegal vivienda.
– acceso a la vivienda.

¿Cómo se puede soliciyar?2021-05-27T10:10:13+00:00

Llamando a la oficina central de Servicios Sociales al teléfono 971 794279.

Servicio de Asesoramiento Jurídico

¿En qué consiste?2021-05-27T10:22:20+00:00

En un servicio de cariz jurídico de información , asesoramiento y apoyo en situaciones de:

– Deudas
– Solicitudes de prestaciones o subvenciones.

– Denegaciones o requerimientos de prestaciones, subvenciones o reconocimientos de grado de discapacidad o dependencia.

¿Cómo se puede solicitar?2021-05-27T10:19:06+00:00

Llamando a la oficina central de Servicios Sociales al teléfono 971794279.

Subvenciones para la Adquisición de Material Escolar y Libros de Texto

¿En qué consisten las subvenciones para la adquisición de material escolar y libros de texto? ¿Cómo se pueden solicitar?2021-05-27T10:55:18+00:00

Las ayudas tienen la finalidad de apoyar económico al gasto que soporta la adquisición de libros de texto y material escolar a las familias del municipio de Marratxí, especialmente a familias con una situación económica precaria.
Serán beneficiarios de las ayudas las unidades familiares que sean residentes y estén empadronados en Marratxí, que estén matriculados en un centro público o concertado de educación primaria, secundaria o formación profesional de las Islas Baleares.

Se convocan anualmente

Las solicitudes se formalizarán a través del impreso correspondiente que se podrá descargar de la web municipal (http://www.marratxi.es) y/o recoger en el área de Servicios Sociales, en la OAC de se Pont de Inca, de Su Cabana o al Registro General del Ayuntamiento de Marratxí.

¿Cómo se pueden solicitar?2021-05-27T10:40:55+00:00

Las solicitudes se formalizarán a través del impreso correspondiente que se podrá descargar de la web municipal (http://www.marratxi.es) y/o recoger en el área de Servicios Sociales, en la OAC de Es Pont de Inca, de Sa Cabana o en el Registro General del Ayuntamiento de Marratxí.

¿En que consisten las subvenciones para la adquisición de material escolar y libros de texto?2021-05-27T10:32:01+00:00

Las ayudas tienen la finalidad de apoyar económico al gasto que soporta la adquisición de libros de texto y material escolar a las familias del municipio de Marratxí, especialmente a familias con una situación económica precaria.

Serán beneficiarios de las ayudas las unidades familiares que sean residentes y estén empadronados en Marratxí, que estén matriculados en un centro público o concertado de educación primaria, secundaria o formación profesional de las Islas Baleares.

Se convocan anualmente

Programa para la Reutilización de Libros

¿En qué consiste el programa para reutilizar libros? ¿Cómo se puede solicitar?2021-05-27T11:08:13+00:00

En la creación de un fondo de libros en base a las donaciones de las familias que quieran participar y, en la recogida de los mismos por parte de familias con dificultades económicas.
Los objetivos del programa son:
● Ayudar a las familias en el gasto económico de los libros de texto y material didáctico.
● Fomentar el valor y afecto por los libros por parte de los alumnos y las familias.
● Promover la cultura del reciclaje, la reutilización y socialización del material escolar.
Las familias que participen disfrutarán de beneficios en la hora del otorgamiento de la subvención para la adquisición de libros y material escolar del ayuntamiento de Marratxí.

Se puede solicitar telefoneando a la oficina central de Servicios Sociales al teléfono 971 794279.

Dependencia

¿Cómo puedo conseguir el reconocimiento de la situación de dependencia2021-05-27T12:18:01+00:00

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia es la ley que configura en el Estado español un sistema integral de atención a las personas que, porque se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad, requieren apoyo para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria, lograr una mayor autonomía personal y poder ejercer plenamente sus derechos de ciudadanía.

¿Quién puede acceder?2021-05-27T12:13:07+00:00

Personas que se encuentren en situación de dependencia, como por ejemplo:

-Gente mayor

-Personas con discapacidad física moderada, grave  o grande dependientes

-Personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental

-Niños menores de tres años

¿Cuál es el órgano competente para resolver?2021-05-28T06:46:18+00:00

Consellería de Asuntos Sociales y Deporte

¿Cómo puedo suele•licitar el reconocimiento de la dependencia?2021-05-27T11:58:56+00:00

Solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia : https://www.caib.es/seucaib/ca/arxiuservlet?id=4334353

Informe de salud de la persona: https://www.caib.es/seucaib/ca/arxiuservlet?id=3936341

La solicitud se tiene que hacer mediante el modelo normalizado, y se tiene que presentar la documentación siguiente:

Solicitud estándar de reconocimiento de la dependencia, rellenada y firmada por la persona que puede estar afectada por algún grado de dependencia o por quien la representa legalmente.

Informe de salud, según el modelo normalizado, de dependencia (rellenado por el médico o médica de referencia).
Certificado de empadronamiento (en que conste, como mínimo, cinco años de residencia legal en el territorio español, los dos últimos continuados e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. En el caso de Niños menores de cinco años de edad, la residencia se pedirá a la persona que ostenta la representación legal).

Fotocopia del documento nacional de identidad de la persona solicitante.

Discapacidad

Reconocimiento de la situación de discapacidad2021-05-28T06:59:37+00:00

La Organización Mundial de la Salud – OMS – define el concepto de discapacidad como la restricción o ausencia de la capacidad para realizar una actividad, en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano, en este sentido hay que decir que el diagnóstico de la enfermedad no es un criterio de valoración en sí mismo, sino las consecuencias que se derivan de este.

¿Quién lo puede pedir?2021-05-28T06:50:49+00:00

 

Las personas que cumplan los siguientes requisitos:
– Ser español/a o extranjero/a residente legalmente en España.
– Estar empadronado/a en algún municipio de las Islas Baleares
– Acreditar alguna discapacidad física, psíquica o sensorial.
– Obtendrán la condición de persona con discapacidad, aquellas, que en aplicación del baremo vigente, hayan obtenido una puntuación del 33 por ciento o superior.

 

¿Cuál es el órgano competente para resolver?2021-05-28T06:44:25+00:00

Consejería de Asuntos Sociales y Deportes.

¿Cómo puedo pedir una solicitud de reconocimiento de discapacidad?2021-05-27T12:34:51+00:00

El reconocimiento de la discapacidad se pide con una solicitud firmada por la persona interesada, o por quien la represente legalmente (en el caso de menores de 18 años o de personas grandes incapacitadas); se tiene que adjuntar todos los documentos preceptivos que se indiquen en el mismo impreso de solicitud.

Las personas que tengan reconocida una pensión de la Seguridad Social por incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o de gran invalidez o que tengan reconocida una pensión de Clases Pasivas por jubilación o retiro de incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, se consideran afectados por una discapacidad en grado igual al 33% a todos los efectos y el documento que acredita esta circunstancia es la resolución del INSS o de Clases Pasivas, por lo tanto no hace falta que suele•liciten el reconocimiento de la discapacidad. En el caso de considerar que la discapacidad puede ser superior a este grado se tendrá que realizar la suele•licitud de reconocimiento normalizada.

El reconocimiento de la situación de discapacidad, puede ser con carácter definitivo o provisional, fichándose, en este caso, la fecha hasta la cual tiene validez la discapacidad.

Para acceder al modelo de solicitud  (tanto de reconocimiento inicial de la situación, como de revisión de esta o de traslado de expediente), y a un resumen de las principales características del procedimiento, clicáis en el enlace siguiente: https://www.caib.es/seucaib/ca/tramites/tramite/460248

 

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